La ley de prevención de riesgos laborales, Ley 31/1995, establece como uno de los principios fundamentales de la acción preventiva, la Información y la Formación de los trabajadores.
El art. 18 establece que, como mínimo se deberá informar a cada trabajador de:
- Sobre los riesgos para su seguridad y salud.
- Las medidas y actividades de prevención ante estos riesgos.
- Las medidas de emergencia previstas.
El art. 19 establece que cada persona recibe una formación suficiente y adecuada en el momento de su contratación. La formación deberá ser suficiente y adecuada en materia preventiva.
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